Aqui transcribimos una nota, firmada por el titular de Camuzzi, licenciado Gustavo Pedace, enviada al Concejo Deliberante justo el día de la última sesión.:
Nos dirigimos a Uds. con motivo de haber sido notificados en el día de ayer, de la emisión de la Resolución ENARGAS M.J. N° I/201, referida a la futura prestación del servicio público de distribución de gas natural en el Municipio de Villa Gesell. Tal como se desprende la resolución del ENARGAS, es el Municipio de Villa Gesell, a través del Consejo Deliberante que Ud. integra, quien debe refrendar el acuerdo que habría suscripto el Intendente Municipal con la firma Buenos Aires Gas S.A. (BAGSA). No obstante no conocer dicho acuerdo, de los términos de la resolución del ENARGAS, interpretamos que la propuesta de BAGSA no es superadora de la propuesta formalmente presentada por Camuzzi Gas Pampeana S.A. (CAMUZZI) con fecha 3 de octubre de 2008. Véase en ese sentido, que el ENARGAS sostiene que “... lo que ambas firmas proponen, como beneficio a la comunidad de Villa Gesell, es muy similar”. Siendo entonces que el ENARGAS ha considerado que es ese honorable Consejo Deliberante, quien detenta la facultad concedente de la presentación del servicio en la localidad, en su carácter de propietario de las instalaciones, hacemos propicia la oportunidad para ofrecer y solicitar nuestra concurrencia al recinto de deliberaciones a fin de explicar las ventajas que, en nuestra óptica, la propuesta que oportunamente le presentamos es, desde el punto de vista de los intereses del Municipio, superadora de la formulada por BAGSA. Consideramos que nuestra concurrencia, permitirá al Concejo disponer de mayores elementos de juicio a los señores concejales en el proceso de toma de una decisión tan importante como la de otorgar la concesión de la explotación y cuidado de los activos afectados a este vital servicio público por tan extenso periodo de tiempo. Entre otras cosas que pueden señalarse de la propuesta que les ha formulado BAGSA, como dato distintivo - según leemos en la resolución del ENARGAS -, podemos decir que CAMUZZI no requiere o condiciona la asunción de la prestación del servicio a que el Municipio se desprenda de la propiedad de las instalaciones que comprenden la concesión. Ni tampoco hemos propuesto, quedarnos con la propiedad de los activos que construya, una vez que finalice su licencia. Por el contrario, los activos a construirse que integran la propuesta ya efectuada por CAMUZZI y que explicaremos en detalle si ese Concejo Deliberante nos permite hacerlo, propone su integración (la de los nuevos activos) al total de instalaciones de gas de ese Municipio, en el entendimiento que integra, una unidad inseparable, de modo tal que, a la finalización de nuestra licencia, los activos existentes con más las extensiones realizadas por CAMUZZI quedarán bajo el dominio del Municipio. Asimismo, otra cuestión que rápidamente puede verse que nos distingue favorablemente, también merece destacarse que la propuesta de CAMUZZI de aporte de materiales no está sujeta a ningún condicionamiento, ni al cumplimiento de ningún recaudo, sino que el aporte de los mismos se haría de modo inmediato en caso de que ese Concejo dispusiera mantenernos como concesionarios del servicio. Esperando contar con vuestra convocatoria, para enriquecer el debate que sobre el particular se lleve adelante en ese Concejo, aprovechamos la oportunidad para saludarlo a Ud. atentamente.
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