La ordenanza establece que “todas” las deudas mayores a 90 dias pasaran a ser intimadas y cobradas por una empresa privada, pero la ordenanza y el pliego de bases y condiciones tienen falencias que la harán blanco de disputas judiciales.
Por un lado, la propia Ley Orgánica de las Municipalidades señala en su artículo 228 que “la percepción de impuestos es legítima en virtud de a satisfaccion de las necesidades colectivas qe con ellas se procura”; y más adelante señala que son un deber “indelegable e impostergable” de las Municipalidades, por lo que se abre con esta figura un interrogante sobre la potestad que el Municipio cederá.
La iniciativa fue impuesta sobre tablas, con muy poca información a la oposición y sin la posibilidad de que los concejales analicen la medida en comision. La iniciativa – que se conoció despues de sancionada – hizo que concejales del oficialismo salieran a anunciar algo que la propia ordenanza no dice: que solo es para apuntar a los grandes deudores.
La norma aprobada establece que toda deuda mayor a 90 dias pasará al cobro por parte de esta empresa, y establece una gestion extrajudicial de la misma.
Desde la oposición la iniciativa fue duramente criticada: “le estamos transfiriendo a empresas que son amigas del poder el patrimonio de los geselinos”, señaló el edil radical Fernando Esteban.
SiGesellnoticias