lo cierto es que la ha comunicado a comercios que no estarían comprendidos en la ordenanza, que establece "dedicación exclusiva" a panchos.
La norma en cuestión tiene varios aspectos discutibles, y su redacción confusa se presta a dobles interpretaciones: en su artículo 1 señala textualmente "establécese los siguientes requisitos para la habilitacion de comercios destinados exclusivamente a la venta de panchosen el partido de Villa Gesell". La primera parte de la escueta norma establece requisitos para el salón de ventas, depósito y sanitarios, de negocios nuevos a habilitar en el rubro.
El artículo 2 establece que la venta debe realizarse exclusivamente dentro del local, no pudiendose hacer por ventanillas ni rejas, un artículo hecho contra pequeñas superficies, como el caso del kiosco El Marroqui. Además, la norma prohibe el uso del espacio publico y la venta de bebidas alcoholicas en estos comercios.
El artículo 5 es el de la polémica, dice textualmente "establécese que el mencionado comercio debera permanecer cerrado entre las 5 y las 9 de la mañana". No tiene en la norma ni en sus considerandos razón alguna sobre este horario que, según los conocedores de la noche, es cuando maás comidas rápidas se venden.
De las averiguaciones que pudimos hacer en la noche, solo quedaría abierto en el centro el nuevo Mc Donals.
Por último, el artículo sexto se refiere a la penlidades. Con una muy engorrosa redacción señala que a la primera infracción a la norma - sin explicitar a que parte de la norma - se aplicarán mil multas de multa (unos mil pesos). Llama la atención que el Municipio haya salido a promocionar clausuras casi el mismo día que la norma fue promulgada; ya que para clausurar se necesitan al menos dos faltas.
A la segunda falta la ordenanza establece una clausura por 48 horas y dos mil multas (pesos) de multa, y a la tercera clausura definitiva y cuatro mil multas.
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