es definición aplicada para el hombre homosexual.
Pero más allá de este resabio o no, de machismo sudamericano, lo interesante que se enuncia en esta modificación del código civil es la construcción de una nueva familia, es decir, si hablamos de un niño o niña adoptada, la misma condición de hijo nos lleva a preguntarnos por los pertinentes roles presentes en ese hijo, la madre y el padre en el matrimonio igualitario.
Así, ante la adopción de una niña/o, emerge la pregunta por el rol materno y paterno, de cómo podrían o deberían ser los mismos, pero aquí notamos algo, ¿tales preguntas no son realizadas desde categorías heterosexuales y aplicada a una familia homosexual y por lo tanto improcedentes? Es decir, hablamos de la constitución de una familia nueva donde los roles de madre y padre, por lo tanto desde el punto de vista heterosexual perderían vigencia. Aunque, ¿es posible eso?, tratemos entonces de indagar.
Ser madre y padre no implica en absoluto cumplir tal rol, el primero es biología el segundo es cultura, el primero puede ser involuntario el segundo no, el primero es innato, el segundo se aprende, el rol implica valores, formas, experiencias ejercidas estructuradas en modelos y éstos, están por presencia o por ausencia, y desde allí se adquieren y se incorporan en la niñez. Si se me permite, el término aristotélicos de potencia lo expresa bien, todo rol es potencial porque se lo ha adquirido en la temprana vida de la niñez en el modelo de esa familia.
Ahora, con la convalidación del casamiento igualitario, la emergencia de la adopción para la construcción de una familia será el segundo paso, tal como ocurre en el ámbito heterosexual, y aquí nos encontramos con un tránsito novedoso, entre el rol aprendido por la persona homosexual en el seno de una familia heterosexual y al que habrá de ejercerse en una familia homosexual.
Porque la pregunta que nos permite dilucidar es, ¿los roles aprendidos, son matizados desde la orientación sexual en la niñez?, de allí, que responder tanto negativa o positivamente, hace que el rol clásico materno y paterno en el seno de la familia heterosexual perdería consistencia porque éste hubo de adquirirse desde otro matiz, una diferencia se instala, y a la hora de ser acto habrá de implicar, sí o si otro ethos.
Y estas serían las condiciones emergente en la nueva familia homosexual, por el cual es lícito que la futura familia reclame no ser interpretada desde categorías heterosexuales, porque más allá de aprobación de ley o no, el juicio, la condena estaría presente para tal familia, porque no sería como las otras familias, revelándonos que el alcance de la ley no alcanza a extirpar los valores de una sociedad cuyos modelos, ante otras formas de pensamiento los revelan como meros prejuicios.
Juan Oviedo
SiGesellnoticias