Parrafo aparte merece el tratamiento dado por el tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires a una situación similar: la rendición de Cuentas 2008, que en su momento el radicalsimo denunció que se trató con expediente “mellizo”. La operatoria fue abrir un expediente en la fecha que marca la ley, el D- 8479/09 iniciado el 15/04/09; que solo tenía dos hojas. Luego se presentó la rendición de cuentas en otro expediente – el D-8747/09, iniciado el 16 de diciembre del año 2009, o sea fuera de fecha – y con este último expediente se trató y se aprobó la Rendición, mediante Ordenanza 2286, sancionada el 18 de diciembre de 2009, a solo dos días de haberse iniciado el expediente. Nada observó el Tribunal de Cuentas sobre tamaña irregularidad.
Señor
Presidente del
Honorable C. Deliberante
Dr. Gustavo Barrera
PRESENTE
Ref: Expte 9075/10
De mi mayor consideración:
Por medio de la presente nos dirigimos a usted en relación al Expediente de Referencia y a la nota que presentamos el 3/12/2010, donde solicitamos vista y fotocopia del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos.-
A la fecha 7 de Diciembre no hemos recibido la respuesta que corresponde de acuerdo a la Ley y a la transparencia de los actos de Gobierno.-
Consideramos importante evaluar el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, y dado que no hay ampliación de Sesiones Ordinarias, no habrá posibilidad alguna de trabajar en Comisión como correspondería a un tema trascendental, como es darle la posibilidad al Departamento Ejecutivo de administrar los Recursos de los contribuyentes.-
La Ley Orgánica de las Municipalidades nos da la facultad de tratar y aprobar el Presupuesto, en ese marco consideramos que estamos en condiciones de desigualdad, ante quienes han podido verlo.-
Su obligación es dar cumplimiento a la Ley y ser igualitario en el trato con los concejales, independientemente del Bloque que integren, en el ejercicio del mandato de los vecinos.-
Sin otro particular, y a la espera de una respuesta a la brevedad, lo saludamos atentamente.-
RICARDO DANIEL CEMBORAIN – IRENE FRICK – JORGE MARTINEZ SALAS
ACUERDO CIVICO Y SOCIAL
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