En el escrito, el magistardo señala que "..corresponde antes de dictarse sentencia definitiva y en el marco de las facultades ordenatorias e instructorias que la ley confiere a los Jueces y los poderes-deberes que el Juez posee como director inmediato del proceso ambiental en la búsqueda de la verdad jurídica en temas de especial connotación social, a los fines de contar con una opinión técnica precisa e información útil y acorde respecto a la cuestión ambiental aquí tratada, entiendo que corresponde por aplicación analógica de la acordada de la CSJN 28/2004 -que permite la presentación de personas físicas o jurídicas que no fueran parte en un pleito en el que se debatan cuestiones de trascendencia colectiva o de interés general-, citar en calidad de amicus curiae a la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), institución que cuenta con una dilatada trayectoria técnico jurídica e intervención en cuestiones ambientales de suma relevancia como el caso “Mendoza” de la CSJN. NOTIFIQUESE por Secretaría a las partes con habilitación de días y horas inhábiles (art.153 del CPCC), en el día y urgente y a la FARN".
La figua que utilizó el Juez para incluir a un tercero es el amicus curiae (amigo de la corte o amigo del tribunal), una expresión latina utilizada para referirse a presentaciones realizadas por terceros ajenos a un litigio, que ofrecen voluntariamente su opinión frente a algún punto de derecho u otro aspecto relacionado, para colaborar con el tribunal en la resolución de la materia objeto del proceso. La información proporcionada puede consistir en un escrito con una opinión legal, un testimonio no solicitado por parte alguna o un informe en derecho sobre la materia del caso. La decisión sobre la admisibilidad de un amicus curiae queda, generalmente, entregada al arbitrio del respectivo tribunal.
La causa 6759 "Fiscal de Estado de la Provincia de Buenos Aires c/Municipalidad de Villa Gesell s/ Materia a categorizar - otros juicios" es impulsada por el Fiscal de estado, contra el Mega Empresndimiento mandalay, que se planeaba construir sobre la primera línea de médanos fuera de toda legislación vigente; y que en el verano pasado se comercializaban los departamentos a construir.
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