A pesar de haberse representado la posibilidad de lesionar al joven al producirse un disparo, no desistió de sus acciones, hasta que finalmente se produjo una detonación cuyo proyectil ingresó en el abdomen del menor, ocasionándole perforaciones en colon y estómago. Vale decir que el agresor no tenía autorización legal para portar el arma de fuego que tenía en su poder.
Este hecho fue calificado lesiones graves en concurso real con portación ilegal de arma de fuego de uso civil.
Asimismo, el referido sujeto el 11 de junio de 2009, ingresó en una vivienda de la misma localidad sin la autorización de sus moradores. Al día siguiente, en un horario próximo a las 19 hs., en circunstancias en que se encontraba en el mismo domicilio amenazó con un arma de fuego a Julián Fernando Ramos, al mismo tiempo que gatilló varias veces sin que saliera disparo alguno. Según las declaraciones de las víctimas, quienes resultarían parientes de Soto, éste se habría presentado en su domicilio a los fines de que le guardaran las zapatillas porque la policía las estaba buscando por ser sospechado de otro delito.
Una hora más tarde, amedrentó a Julio Roberto Ramos y a Alejandro José Ramos, apuntándolos con un arma de fuego para que éstos no lo denunciaran como autor de los hechos anteriores. Estos hechos fueron calificados como Violación de Domicilio, Amenazas agravadas y coacción agravada, todos en concurso real.
De esta manera, el Tribunal en lo Criminal Nº 2 resolvió condenar a Walter Miguel Andrés Soto, de 27 años de edad actualmente, de ocupación contratista, a la pena de 5 años de prisión por los mencionados delitos. El Tribunal dispuso la admisión del juicio abreviado y determinó la formación de un incidente de excarcelación, debido a que Soto ya había pasado 4 años, 1 mes y 24 días privado de su libertad.-
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