El tiempo - Tutiempo.net

20/03/2012 - POLITICA - Sentencia

Caso Mandalay: duro reves para el Municipio

El caso Mandalay tiene sentencia: protege el interes colectivo sobre el ambiente
Con abundantes fundamentos y criticas al proceder de la Municipalidad de Villa Gesell, el Juzgado en lo Contenciosos Administrativo de Dolores acaba de emitir sentencia en el caso denominado "Mandalay".
Los reproches alcanzan a los funcionarios del organismo para el Desarrollo Sostenible (OPDS) por la inobservancia de las obligaciones.

Con la firma del juez Antonio Marcelino Escobar, el falo es una pieza juridicamente muy valiosa para todos los interesados en conocer las reglas de la tutela juridica en materia ambiental, cita abundante doctrina y antecendentes en la materia y es muy didactico en sus explicaciones.

En los parrafos salientes, el Juez señala - luego de analizar la documentación obrate en el expediente - que los abogados del Municipio han respondido extemporanemaente (tarde) la demanda, por la que no se tiene en cuanta, pero si toma de allí elementos para el extenso análisis de la cuestión.

El Juez señala "..en virtud de lo hasta aquí expresado en este considerando y en el que lo precede, el proyecto denominado “Mandalay”, resulta inviable ante el palmario incumplimiento de las normativas descriptas..

El Magistrado destaca en su fallo la adhesión del Municipio al decreto 3202/06, realizada por el ex intendente Luis Baldo, como así tambien elogia el proceso que derivó en la sanción del Plan de Manejo inegrado del frente costero (ordenanza 2050). Sin mencionar que en el año 2007 hubo cambios políticos (salida de Baldo y llegada de Erneta al Municipio), el Juez se pregunta como un Municipio que fue noticia por sus medidas de protección ambiental en playa, ahora incurre en estas contradicciones. Textualmente señala "Resulta paradójico, que por un lado exista la tendencia de mejorar la situación de las playas geselinas, imponiendo nuevas condiciones a los concesionarios de las unidades turísticas fiscales, en el marco del Frente Costero de la ciudad de Villa Gesell, reduciendo superficies de balnearios y zonas de concesión, imponiendo las construcción de las instalaciones de las unidades, con materiales removibles –que excluyen el cemento- y pilotes de madera, para producir el menor impacto ambiental posible. Que el Municipio demandado haya sido condenado en primera instancia por la demolición de un antiguo balneario de cemento, que no cumplía con las nuevas condiciones en materia ambiental–causa “Trocino”, tramitada ante este juzgado-, y por otro lado que el mismo municipio, que otrora impusiera las mencionadas reglas a los concesionarios de las UTF, ahora permita sin tomar los recaudos constitucionales y legales pertinentes, la construcción de cuatro edificios sobre los médanos, sin verificar siquiera si la citada obra, pone en peligro de un daño inminente y futuro el medio ambiente costero, que tanto se intentaba proteger..." (cita textual del fallo).

Escobar también reprocha la falta de compromiso con su tarea por parte de los funcionarios del Gobernador Daniel Scioli: "Resulta reprochable la conducta de los funcionarios responsables del OPDS, que evadieron su responsabilidad al no ejercer las deberes y obligaciones que le imponen las normas, para intervenir tal cual lo exige los textos constitucionales y legales, controlando toda acción o actividad que pueda producir no sólo un daño, sino tan sólo un menoscabo al ambiente. Sobre todo teniendo en cuenta que dicha competencia es indelegable en órganos de otra jurisdicción, como así también en sujetos privados", señala.

Por último, el Juez también señala errores que desde el radicalismo en el Concejo Deliberante se habían señalado: "En síntesis, la autoridad administrativa municipal que defiende su competencia en materia ambiental, acepta como “Evaluación de Impacto Ambiental” (EIA), un estudio técnico que debería ser un “Estudio de Impacto Ambiental” (eia), y sin más repitiendo una parte mínima del contenido del mencionado estudio, procede a dictar un acto administrativo “aprobando” la “Declaración de Impacto Ambiental” (DIA). La actuación del Municipio demandado, este procedimiento, se halla muy distante de aquél que imaginaran los convencionales constituyentes al sancionar la protección al ambiente y los recursos naturales, también alejada de la intención de los legisladores que tanto en la jurisdicción nacional como en la provincial, sancionaron las respectivas leyes marco".

El magistrado dolorense hace aedmás extensas consideraciones sobre las falencias del proceso de participacón ciudadana, y la falta de información pública del Municipio. En este sentido, desde marzo del año 2008 el Municipio no da a conocer los boletines oficiales, y concejales de la oposición han recurrido a la justicia - al propio Jez Escobar - para obtener los boletines oficiales.

El fallo

La parte resolutiva del falo señala:

1) Hacer lugar a la demanda en todos sus términos, anulando la disposición 23/2012 del OPDS, ordenando a la vencida Municipalidad de Villa Gesell, que se abstenga de intervenir en el proceso de "Evaluación de Impacto Ambiental" (EIA) y de dictar la "Declaración de Impacto Ambiental"(DIA), respecto de los emprendimientos "Mandalay" y "Altamar".

2) Ordenar, que tanto "Altamar", como en el denominado Proyecto "Mandalay", el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), la "audiencia pública" que garantice la "participación ciudadana" –asegurando el derecho a una información adecuada, para ciudadanos y organismos de control-, así también como la "Declaración de Impacto Ambiental" (DIA), estén a cargo del Organismo Provincial para el Desarrollo Sustentable (OPDS) –artículos 41 de la Constitución Nacional, 28 de la Constitución provincial, ley 25.675/2002; artículos 2, 6, 10 siguientes y concordantes de la ley 11.723/1995, ley13.757/2007,ley 13.569/2006, decreto 1802/2008 yresolución (OPDS) 29/2009, entre otras-. Observando, que previo a la realización de la audiencia pública, -en fecha y lugar a designar por el OPDS-, hayan tomado intervención la Autoridad del Agua, la Fiscalía de Estado, Asesoría General de Gobierno, la Unidad de Coordinación de Manejo de Frente Costero Integrado de la Provincia de Buenos Aires, Subsecretaria de Turismo provincial, Dirección Provincial de Hidráulica y la autoridad ambiental de la Municipalidad de Pinamar.

3) Ordenar a la Autoridad del Agua, que proceda a efectuar una nueva demarcación de la línea de ribera, y la zona de restricciones previstas en el decreto 3202/2006 (artículo 7º), además del cumplimiento de las formalidades propias de ese acto por la autoridad del agua, deberán colocarse"mojones", "hitos" o "estacas", que identifiquen dichas zonas sobre el terreno, para que el"derecho a la información" y "participación ciudadana", adquieran su verdadera dimensión, posibilitando a los interesados –ciudadanos y organismos de control, entre otros-, además de el control sobre los planos pertinentes, verificar las mediciones sobre el mismo terreno, donde estarían emplazados los emprendimientos.

4) Las costas del proceso se le imponen a la Municipalidad de Villa Gesell en su condición de vencida (Art. 68 del C.P.C.C.)

Ultimas 5 noticias..

13/11/2024 - ACTUALIDAD

Comisiones: el oficialismo se negó a tratar el pedido de informes Dubrovnik


11/11/2024 - POLITICA

Concejo: la investigación del derrumbe a Comisiones, las comisiones suspendidas


11/11/2024 - ACTUALIDAD

Ordenamiento Urbano: la mayoría en el Concejo archivó la denuncia contra Galli


09/11/2024 - ESPECIAL

Telégrafo Axel Hotel, La Habana


05/11/2024 - ACTUALIDAD

Google Maps muestra a actual funcionario de Barrera interviniendo en el Dubrovnik


04/11/2024 - DEPORTES

Gesell presente en la Carrera del Bosque de Carilo


01/11/2024 - SOCIALES

Derrumbe del Dubrovnik: La oposición califica al episodio de anomalía única y pide informe


01/11/2024 - CULTURA

La Poesia y el Mar de Anibal Zaldivar llega este sabado a Tandil


30/10/2024 - ESPECIAL

Panteón


29/10/2024 - ACTUALIDAD

Derrumbe tragico: rescatan a un fallecido y una mujer herida


fecha:18/Mar/24 ; subido por: claudio - Rubro: trabajos-servicios

fletes mudanzas en Villa Gesell y alrededores mejoramos cualquier presupuesto ..>>

fecha:18/Mar/24 ; subido por: claudio - Rubro: trabajos-servicios

fletes mudanzas en Villa Gesell y alrededores mejoramos cualquier presupuesto ..>>

Ultimas 5 noticias..

13/11/2024 - ACTUALIDAD

Comisiones: el oficialismo se negó a tratar el pedido de informes Dubrovnik


11/11/2024 - POLITICA

Concejo: la investigación del derrumbe a Comisiones, las comisiones suspendidas


11/11/2024 - ACTUALIDAD

Ordenamiento Urbano: la mayoría en el Concejo archivó la denuncia contra Galli


09/11/2024 - ESPECIAL

Telégrafo Axel Hotel, La Habana


05/11/2024 - ACTUALIDAD

Google Maps muestra a actual funcionario de Barrera interviniendo en el Dubrovnik