Desde el punto de vista de la división de poderes cuando la institución judicial pasa a investigar a personas de otro arco institucional, como es el político, es porque se sospecha que se han cometido una serie de irregularidades.
Cuando el poder judicial opera en la faz político por temas de muertes y asesinatos sucedidos en una determinadas protesta social como sucedió en diciembre del 2001, algo queda a la vista, que la cadena de mando, su cabeza siempre queda absuelta, tal como sucedió con la Justicia que encontró culpables al ex secretario de Seguridad de la Alianza y al ex jefe de la Policía Federal por homicidios y lesiones culposas en tal fecha luctuosa.
En este caso puntual al ex presidente De la Rúa, ¿no le cabio responsabilidad alguna?, ya que fue él quien dictó el estado de sitio que dio marco a la represión, si bien estuvo procesado en la causa , sería sobreseído como también entre los absueltos, casi todos aquellos efectivos policiales de menor rango: Eugenio Figueroa, Mario Seia, Norberto Sabbino, Sebastián Saporiti y Horacio Berardi. Entre las absoluciones también fue beneficiado el comisario inspector Orlando Oliverio, mientras los efectivos Jorge Daniel Toma y Carlos Alberto Loforte, todos ellos fueron sobreseídos.
Una responsabilidad política que deviene en operación represiva y que termina por matar a cinco personas, es tema judicial y si bien la justicia tras haber tomado cartas en el asunto y lograr ciertas condenas, el hecho a nivel político o la cabeza que ordeno ese estado de sitio, esta impune.
¿No tuvo en cuenta esa justicia que la ebullición social de entonces fue una manifestación contraria a las políticas de gobierno provocadora de la mayor crisis hasta entonces?, ya existía un dictamen de la gente, el gobierno no daba soluciones sino que generaba los problemas.
La justicia judicial es la justicia institucional y es la que se impone porque cuenta con la fuerza represiva para obligar a aquel que ha sido condenado a cumplir lo que ella ha determinado, pero también es responsable directa de lo que no condena, contrariando al juicio directo de la gente al absolver a la cabeza política.
Algo que llama notablemente la atención es que allende a la condena a los imputados sea la inhabilitación a ejercer cargos públicos, pero ¿acaso esa gente no eran, previo a los hechos, gente con capacidades competentes para ocupar esos cargos?, pareció que no, sin embargo, ya hay algo previo a toda condena judicial o absolución, que lo que esos políticos, funcionarios y subordinados hicieron, fue en contra de la gente, de lo popular, de lo social, por ello el eje a considerar, es el de la víctima, la gente, porque ya entendemos el marco ideológico de una justicia desenvuelta de la superestructura, en el fondo, protege a sus iguales y la alegoría de imparcialidad implique eso, una mera alegoría.
¿Y esto que significa?, proponer un tipo de juicio y un tipo de condena que excede a la superestructura y que pertenezca a la justicia popular, con una premisa muy simple, "el que las hace, las paga", no cometas delito si no estás dispuesto a pagar la condena, no quites vidas si no estás dispuesto a morir por eso que quitas.
La desconfianza al Poder judicial, la perpetuidad de autoridades corruptas, cambiando de nombre pero sin combatir a la corrupción o las bases de la impunidad, son la fuente de ese sentimiento de la justicia popular y su axioma central del "ojo por ojo etc.", no a favor del país, la nación, la patria o lo que sea, sino hacia algo más sustancial aun, protegerse de aquellos que gobiernan en nombre de tales ideales, y que terminan con lo mismo que siempre reprimiendo, miserabilizando, asfixiando y matando a la gente, al vecino, al ciudadano.
Un sentimiento de bronca, indignación, ira, fastidio es lo que se va situando en la base de la pirámide social, que siente que debe tomar las cosas por ella misma, debe instalar de una vez por todas a nivel comunidad ese acto de auto-organización, y crear mecanismos de acceso a la justicia de forma independiente y autónomo al estado, tal como lo demuestran algunas comunidades andinas, pues es precio decirlo, no ejercer esa justicia popular en contra de ciudadanos comunes que delinquen y pertenecen a lo bajo de la pirámide, sino hacia aquellos que desde lo más alto de ella, delinquen ordenando formas de gobierno que atentan contra la gente más pobre y de escasos de recursos.
Hablamos de funcionarios, autoridades elegidas etc. que mandan y son autores intelectuales de hechos que llevan a la miseria, condenan a la pobreza, mientras que aumentan sus patrimonios personales, desde la función que realizan en el estado nacional.
Ante tal falta de reacción de un tipo jurídico de estructura europea que ha ideologizado su justicia negando el "ojo por ojo", la sensibilidad exacerbada de la base de la pirámide, pide, clama, tipos de hechos de este tipo "si las haces, las pagas", algo que a los ojos de los juristas interpretan como venganza, bueno, desde la base popular sea simplemente: Justicia, porque la ley, no es imparcial sino altamente parcializada, pues es escrita, aplicada e interpretada, nunca desde lo popular sino desde la cima de la pirámide, que son congresales, abogados y jueces.
Entonces, ¡que interesante sería si efectivamente se aplicara!, "no cometas la falta si no estás en condiciones de pagar la pena" o el sentido mismo de la justicia popular.
Juan Oviedo
SiGesellnoticias