La medida la tomó en el marco de la causa carátulada “CABRERA ALEJANDRO JORGE C/ HABITAR S.A. Y OTROS S/ ACCION RECOMPOSICION AMBIENTAL”, que se tramita bajo expediente 19337, del fuero Contencioso Administrativo.
En la providencia el Magistrado merituó que “.. analizando prima facie los elementos aportados por la actora y en virtud que los daños que se estarían produciendo en el área indicada involucraría la zona de médanos y que la cuestión a debatirse vinculada a “derechos ambientales”, ameritan un distinto tratamiento al que deben someterse estas cuestiones en la instancia judicial, todo ello en atención a la importancia que los convencionales constituyentes le confirieron al medio ambiente en las últimas reformas constitucionales, (conf. artículos 41 y 43 de la Constitución Nacional, y 20 y 28 de la Constitución Provincial), ley nacional 25.675 y ley provincial 11.723, corresponde abordar tal pedimento sin perjuicio de requerir la remisión de documentación vinculada a la obra denunciada..”.
Cabe destacar que en la Suprema Corte de Justicia de la Provincia se acumula un recurso extraordinario presentado por el ex concejal Luis Baldo, en contra del Código de Ordenamiento Urbano, que habría sido el “marco anticipado” de la obra propuesta.
Queda ahora abrir un nuevo capítulo de la zaga: identificar a los funcionarios intervinientes en las autorizaciones dadas a la empresa constructora.
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