Será para Barrera la apertura del último año de su segundo periodo al frente del municipio, de cara a un año de renovación de Intendente y la mitad del Concejo Deliberante, con el antecedente de la derrota electoral de su fuerza en las elecciones de medio término del 2021.
De acuerdo al inciso 16 del artículo 108 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, se establece como atribuciones y deberes del Jefe Comunal ”..Abrir anualmente las sesiones ordinarias del Concejo Deliberante, dando cuenta del estado general del Municipio y recomendando a la consideración del Concejo las medidas que juzgue necesarias y convenientes..”; por lo que es el primer acto del año de significación político- administrativo de relevancia en la vida institucional de cada Municipio.
Cabe destacar que la ley 15103 introdujo un cambio, al establecer que las sesiones Ordinarias serán abiertas el 1° de marzo de cada año y cerrardas el 30 de noviembre. Esta modificación dejó desactualizado el artículo 3 y 16 del Reglamento Interno del Concejo, que fija el 1 de abril la fecha de inicio.
No es la única desactualización del Reglamento interno, que aun sigue mencionando en su artículo 24 el quorum y otras circunstancias de las mayorías en base a una composición de 12 miembros, cuando ya cuenta con 16 ediles.
El Concejo además cumplirá con lo dispuesto en el Artículo 76 de la Ley Orgánica, con la designación de las comisiones de reglamento se hará en la primera sesión ordinaria de cada año, y los miembros de las Comisiones internas del Cuerpo, que para el caso del Concejo local son cinco: Hacienda, Presupuesto y Cuentas; Legislación, Acuerdos, Digesto y Seguridad; Obras, Servicios y Transporte Publico; Desarrollo Humano, Salud y Educación y Turismo, Ecología y Medio Ambiente.
Durante la sesión se “rescatarán” los expedientes no tratados en comisiones durante el año 2022, en total unas 449 iniciativas no tuvieron tratamiento; y los proyectos presentados por los bloques políticos durante el receso de temporada.
SiGesellnoticias