Concretamente, a los efectos de evitar la eximición de prisión para delitos que excedan los ocho años de plazo, se propone agregar al artículo 186 del CPP que la estimación de la eximición que debe hacer el juez de garantías sea únicamente con arreglo a lo estatuido en el artículo 169 inc. 1º, excluyendo de esta manera los delitos de mayor gravedad, resultando entonces la imposibilidad de la concesión de la eximición de prisión atento a que solamente deben tener en cuenta la preceptuado en el primer inciso del artículo 169 y no toda la norma como actualmente está vigente.
Además, se propone eliminar el efecto suspensivo en lo que respecta a la eximición de prisión denegada, mediante una modificación al artículo 188 del CPP que quedara redactado de la siguiente manera "Las resoluciones sobre eximición de prisión son impugnables mediante recurso de apelación por el peticionario, el interesado directo - si no fuere la misma persona -, su defensor y por el Ministerio Público Fiscal, en el término de cuarenta y ocho (48) horas".
De este modo, para los delitos menores a ocho años, el juez deberá conceder la eximición de prisión, para aquellos delitos mayores a ese monto, si bien la eximición puede ser planteada, la apelación a la denegatoria de la misma no será con efecto suspensivo, sino que deberá el imputado permanecer privado de su libertad hasta que se resuelva la apelación ante la Cámara de Garantías.
En este marco, el Diputado radical se reunió con el Fiscal de Cámaras Doctor FELIPE DEFELITTO, en dónde abordo distintos aspectos relacionados con la iniciativa legislativa, que fue puesta a consideración del Jefe del ministerio Público Departamental.
También se analizó la situación de la seguridad ciudadana y el funcionamiento de la justicia en todo el Departamento judicial, entregando el ex Intendente copia del proyecto de Ley por el cual se propicia la restricción de las eximiciones de prisión.
El diputado Gobbi manifestó con respecto a la iniciativa "de esta manera evitamos que en el inicio de la investigación de hechos delictivos graves y de fuerte impacto social, los imputados puedan gozar de la libertad y entorpezcan el accionar de la justicia".
Y agregó que "así se facilitaría la acción de la justicia y se llegaría de mejor manera a la búsqueda de la verdad ya que mientras se apela la decisión del Juez inferior en la Cámara y se resuelve la situación procesal de esa persona, la misma se encuentra detenida, ya que hay un Juez que denegó la eximición de prisión e hizo lugar de manera fundada a la detención solicitada por el Fiscal".
Seguidamente, el legislador radical explicó que el proyecto no pretende "limitar la posibilidad recursiva, sino evitar que ante ciertos delitos, desde ya los más graves, en los que resulta indispensable la privación de libertad del imputado, el mismo permanezca sin esa sujeción por una cuestión formal mientras transcurre buena parte del proceso".
"Estas cuestiones son las que conmocionan a la sociedad en general, debemos incorporar herramientas eficaces en nuestra legislación para dotar a los jueces y a los encargados de buscar la verdad de institutos que no desvirtúen la tarea que les fue encomendada", concluyó Juan Gobbi.